...PRIMERO: De conformidad con lo establecido en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal, se DECLARA SIN LUGAR la solicitud presentada por la profesional del derecho CYNDIA ROSA GONZÁLEZ ESPINOZA, en su condición de defensora privada del adolescente acusado OMITIDO, en el sentido de ser sustituida la actual medida cautelar de aseguramiento del precitado por modalidad menos gravosa, en consecuencia, se NIEGA la imposición de una medida cautelar sustitutiva menos gravosa, ratificándose y manteniéndose la decisión emitida por este Juzgado en fecha 16 de marzo del presente año, atendiendo a criterios de excepcionalidad, necesidad y proporcionalidad, para el aseguramiento del imputado a los solos efectos del proceso. SEGUNDO: A los fines del resguardo del principio del interés superior del adolescente, y ante el alegato de la defensa, este órgano jurisdiccional ordena realizar un estudio socio económico a través del equipo multidisciplinario de esta sección de Adolescentes, a los.....