Por todos los razonamientos antes expuestos, es por lo que este Juzgado Segundo de Primera Instancia en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda extensión Valles del Tuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ACUERDA la REDENCIÓN DE LA PENA POR EL TRABAJO Y ESTUDIO al ciudadano JEAN CARLOS PUMERO VASQUEZ, titular de la cédula de identidad N° 15.540.705. OFICIO, Buhonero, residenciado: Urb. El manguito Avenida Principal, cuatro El Cruce Caracas Tuy, cerca de la Licorería MARY CRUZ, fecha de nacimiento: 17/11/79, edad 33 años, hijo de BLANCA MARGARITA VÁSQUEZ (v) y SERGIO RAMON PUMERO VASQUEZ (V), por un tiempo igual a CINCO (5) MESES Y NUEVE (9) DIAS, conforme con lo previsto en el artículo 14° de la Ley de Redención Judicial de la Pena por el Trabajo y el Estudio, en concordancia con el artículo 471 numeral 1 del Código Orgánico Procesal penal vigente, en consecuencia notifíquese a.....