DECLARA: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO presentada por los ciudadanos OSWALDO CASTILLO SÁNCHEZ y YAMILETH FIGUEROA PEÑA, antes identificados, y en consecuencia, declara disuelto el vínculo matrimonial que une a los ciudadanos OSWALDO CASTILLO SÁNCHEZ y YAMILETH FIGUEROA PEÑA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de Identidad Nros. V-4.846.324 y V-10.282.767, respectivamente, en virtud del matrimonio por ellos celebrado el día 14 de septiembre de 2007, tal y como se desprende de copia certificada del Acta de matrimonio N° 28, Folio Nº 54-55 de los Libros de Matrimonios, correspondiente al año 2007, llevado ante el Registro El Registro Civil y Electoral del Municipio La Trinidad, estado Yaracuy.
De conformidad con lo establecido en los artículos 101 numeral 06 y 152 de la Ley Orgánica de Registro Civil, se ordena registrar la presente sentencia, única y exclusivamente ante el Registro Civil de Personas y Electoral, y Registro Principal.....