declara IMPROCEDENTE el pedimento de la defensa en relación a la solicitud de PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL, sin que esto implique un pronunciamiento sobre el fondo del asunto, en virtud de, que el sistema acusatorio actual ésta regido por el principio de inmediación, mediante el cual cualquier cuestión incidental debe presentarse en forma oral, en la oportunidad legal prevista para tal fin, y no mediante la consignación de escritos.