Por los razonamientos antes expuestos este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara: INADMISIBLE la demanda de RESOLUCIÓN DE CONTRATO incoada por el ciudadano RAFAEL ANGEL ÁVILA MORILLO contra la sociedad mercantil FESTEJOS DON LUIS XV, C.A., representada por la ciudadana ELSA GREGORIA RONDON PALOMINO, en su carácter de Presidenta de dicha sociedad mercantil, ambas partes suficientemente identificadas al inicio de esta sentencia.
Dada la naturaleza del presente fallo no hay lugar a costas.
Publíquese en la página web del Tribunal Supremo de Justicia (www.tsj.gob.ve). Regístrese y déjese constancia en el Diario del Tribunal, así como Copia Certificada de la presente decisión en la sede del Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 248 del C.....