En virtud de los razonamientos precedentemente expuestos, este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS PLAZA Y ZAMORA DE LA CIRCUNSCRIPCIÒN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los pronunciamientos siguientes:
PRIMERO: Declara CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO presentada por los ciudadanos MARY LUZ HERNANDEZ DE DANES y AARON JORGE DANES MADRIZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-10.472.046 y V-6.029.720, respetivamente.
SEGUNDO: En consecuencia, de lo anterior expuesto, se declara disuelto el vínculo matrimonial que unía a los ciudadanos MARY LUZ HERNANDEZ DE DANES y AARON JORGE DANES MADRIZ, el cual contrajeron en fecha veinticinco (25) de julio de 2011, ante el Registro Civil del Municipio Autónomo de Zamora, Parroquia Guatire de la Circunscripción Judicial del estado Miranda (actualmente.....