este Juzgado del Municipio Lander de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA COMO EN SENTENCIA PASADA EN AUTORIDAD DE COSA JUZGADA, el decreto de intimación dictado en fecha 23 de Mayo del 2005, que corre inserto al folio (05) y Vto., de este expediente y en consecuencia a ello, se condena a la parte intimada ciudadana: THAIS FIGUERA DE GUILLEN, de nacionalidad Venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad N° V-4.292.745, al pago de las siguientes cantidades a la parte demandada, las cuales son:
PRIMERA: La cantidad de DOS MILLONES QUINIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 2.500.000, 00), suma ésta a la que asciende la cantidad total de los referidos instrumentos cambiarios, objetos de la presente demanda.-
SEGUNDA: Los intereses de mora de la obligación demandada a la rata del 5% anual, computados a partir del vencimiento lo cual representa la cantidad de CIENTO.....