...ACUERDA la PROTECCION A LA VICTIMA, en los siguientes términos: "Se ordena a la Policía del Instituto Autónomo de Policía del Estado Miranda (IAPEM), efectúe recorrido varias veces al día por la residencia de la ciudadana LUZ MARINA DE LA TRINIDAD APONTE, ya identificada, y a su grupo familiar, quien esta domiciliada en Palo Alto, calle principal El Dispensario, Sector El Bucare, escalera Nº 01, escalera Nº 01,casa sin número, de bloques sin frisar, con portón negro y techos de zinc, Los Teques, Estado Bolivariano de Miranda, con el objeto de proteger tanto su integridad física como la de su familia, de cualquier ataque que pudiera provenir de la ciudadana Juana Marcela Osorio, mejor conocida como "DAYANA". Todo de conformidad con lo establecido en los artículos 21.1 de la Ley de Protección de Victimas testigos y demás sujetos procesales, el cual señala "La custodia personal o residencial, bien mediante la vigilancia directa o a través de otras medidas de seguridad", la du.....