Por las razones que anteceden, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto porla abogada en ejercicio CARMEN LUISA GARCÍA TORRES, actuando en su propio nombre y representación, contra la decisión proferida por el Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda en fecha 14 de abril de 2021, la cual se MODIFICA bajo las consideraciones expuestas en el presente fallo.
SEGUNDO: IMPROCEDENTE el rechazo a la estimación de la demanda realizado por la parte demandada en la oportunidad para dar contestación a la acción; y por consiguiente, queda firme la cuantía libelar que asciende a la cantidad de TRES MILLARDOS DE BOLÍVARES (Bs. 3.000.000.000,.....