Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley NIEGA la revisión de la Medida Cautelar Sustitutiva, solicitada por la Defensora Publica del imputado SOSAYA VARGAS JOSE RAMON, titular de la Cédula de Identidad N° 12.533.573, todo de conformidad con lo dispuesto en los artículos 44 ordinal 1 y 55 de la Constitución Nacional de la República Bolivariana de Venezuela y 9, 244, 250 y 264 del Código Orgánico Procesal Penal.