Primero: CON LUGAR la inhibición planteada el 01 de agosto de 2013, por la Dra. ARIKAR BALZA SALOM, en su condición de Jueza del Juzgado Tercero de de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Ocumare del Tuy.
Segundo: Remítanse las presente actuaciones al Tribunal de origen a los fines de su distribucion.
Tercero: Regístrese, publíquese, incluso en la página Web de este despacho, y déjese copia de la presente decisión.