Este Tribunal Primero de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Barlovento, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, con fundamento en el artículo 330 y 376 del Código Orgánico Procesal Penal, CONDENA al acusado EDWIN EDUARDO PINEDA DÍAZ, venezolano, 19 años de edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad N° V- 17.920.959. Residenciado en Guatire, Barrio Calvarito, casa s/n, Estado Miranda, A CUMPLIR LA PENA DE CUATRO (4) AÑOS, TRES (03) MESES Y VEINTIDOS (22) DÍAS de presidio, por la comisión del delito de LESIONES PERSONALES LEVES Y ROBO GENERICO, tipo penal previstos y sancionados en los artículos 415 y 457 del Código Penal. Pena que cumplirá en la forma y condiciones que fije el Juez de Ejecución que le corresponda conocer. Las partes quedaron notificadas en la audiencia oral de conformidad con lo previsto en el artículo 175 del Código Orgánico .....