emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Decreta DE OFICIO el CESE de la medida de PRISION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, dictada por el Juzgado Primero de Control de este Circuito Judicial en fecha 17 de julio de 2008, en contra del adolescente: IDENTIDAD OMITIDA, ampliamente identificado. SEGUNDO: Sustituye la medida de PRISION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD por la Medida Cautelar Sustitutiva de libertad, contenida en el artículo 582 Literales "c, d, e, y g" de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.