este Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con sede en Guarenas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la Ley, le imparte correspondiente HOMOLOGACION al acuerdo transaccional en los términos expuestos por las partes, por considerarlo lo ajustado a derecho dándole el efecto de cosa juzgada de conformidad con lo previsto en los Artículos 10 y 11 del Reglamento de la abrogada Ley Orgánica del Trabajo Una vez cumplido el lapso de Ley, se ordena el archivo del expediente. Así se decide.
Todo en ello en la oferta real consignada a favor del ex trabajador EDUARDO CRESPO, identificado con la cédula de identidad No. 18.753.854 por la sociedad de comercio TECNOLAM DE VENEZUELA C.A, inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, bajo el No.76, tomo 30.....