...Definitivamente firme como quedó la sentencia publicada, en fecha 14-5-2009, por el Tribunal de Control nro. 4 del Circuito Judicial Penal del estado Miranda sede Los Teques, por la comisión del delito de Robo -arrebatón- previsto en el artículo 456 del Código Penal y sentencia publicada en fecha 3-6-2011 por el Tribunal de Control nro. 4 de este mismo Circuito Judicial Penal y sede, por la comisión del delito de Robo -arrebatón- previsto en el artículo 456 del Código Penal, y visto el auto dictado en fecha 18-4-2013 de acumulación de penas donde se precisó que la condena en definitiva a cumplir por el ciudadano WILFREDO JOSÉ LADERA ZAMORA, portador de la cédula de identidad número V-14.952.433, es de 3 años y 6 meses de prisión y pena accesoria de inhabilitación política del artículo 16 del Código Penal, en consecuencia pasa a precisar este Tribunal, CÒMPUTO DE LA PENA, fecha de finalización de la misma.
PENA CUMPLIDA: El ciudadano WILFREDO JOSÉ LADERA ZAMORA, supra identif.....