Este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario de Ejecutor de Medidas de los Municipios Plaza y Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, Declara CON LUGAR, la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos MOHAMMADREZA GHODRATI y ROSALBA DURAN, venezolanos, mayores de edad, Titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V- 30.646.871 y V- 12.683.622 respectivamente, con fundamento en el Artículo 185-A del Código Civil. En consecuencia, se declara DISUELTO el vínculo conyugal existente entre ellos, contraído en fecha 05 de Diciembre de 2008, por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia El Recreo del Municipio Libertador de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda N° 101.-
REGÍSTRESE Y PUBLÍQUESE.