DISPOSITIVO
	Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Séptimo (7°) de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con sede en Guarenas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: INADMISIBILIDAD DE LA DEMANDA, interpuesta por las ciudadanas KATHERIN GEROCELYN MORENO PRIETO y LENIS JOSEFINA LICETT ROJAS, venezolanas, titulares de las Cédula de Identidad número V-20.524.725 y V-7.924.177 respectivamente, asistida por el abogado en ejercicio TIRSO DAVID GONZALEZ ORTA venezolano, mayor de edad, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 78.728., al no subsanar correctamente el libelo de demanda, en  contra de  la entidad de trabajo INDUSTRIAS ALIMENTICIAS MC LAWS, C.A. Así se decide.-
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA.
	Se ordena la publicación del presente fallo en la página Web de la Región del E.....