De las actas que conforman el presente expediente, se evidencia que mediante diligencia presentada en fecha diez (10) de octubre de dos mil veinticinco (2025), la abogada en ejercicio NIDIA MARIA RAMOS, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 39.574, actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, solicitó que "(...) se libre oficio dirigido al seniat (...) a fin de que informen si existe la declaración Sucesoral del ciudadano Michelle Mazzaro (...)"; no obstante, siendo que tal pedimento resulta a todas luces inoficioso, pues no puede el tribunal realizar gestiones que atañen a las partes, como lo sería recabar las probanzas sobre las cuales éstas basan sus pretensiones y afirmaciones, sumado al hecho de que dicha declaración sucesoral no fue requerida por este órgano jurisdiccional ni comporta un instrumento indispensable para su trámite, consecuentemente, quien aquí suscribe debe declarar improcedente la solicitud en cuestión, y en vist.....