acuerda: ACUERDA NEGAR la fianza ofrecida por la defensa del ciudadano JOSE JAVIER ARAPE NAVARRO, con respecto al ciudadano VICTOR JULIO LIZARAZO , se mantiene el ofrecimiento del otro fiador presentado; quedando vigente la medida cautelar sustitutiva de libertad dictada por este Despacho en fecha 02 de noviembre de 2005, prevista en los numerales 3° y 8° del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal . Notifíquese a las partes. Provéase lo conducente.