administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECRETA: Primero: la Ejecución de la Sentencia Condenatoria dictada en fecha 03-03-2005, por el Juzgado Segundo de Control de este Circuito Judicial Penal, en contra del penado: ADELASI CHARRIEL GONZALEZ PAZOS, de nacionalidad Venezolana, natural de Caracas, de 29 años de edad, estado civil soltero, domiciliado en Vicente Emilio Sojo, Las Terrazas, Bloque 23, piso 01, apto 104, Guarenas y Titular de la Cédula de Identidad Nro. V-11.484.593, que lo condenó a cumplir la pena de UN (01) AÑO Y OCHO (08) MESES DE PRESIDIO, por el delito de ROBO SIMPLE EN GRADO DE FRUSTRACION, previsto y sancionado en el artículo 457 en relación con el artículo 80 del Código Penal, al igual que las penas accesorias contempladas en el artículo 13 del Código Penal, quedando en consecuencia DEFINITIVAMENTE FIRME a tenor de lo pautado en el artículo 178 del Código Orgánico Procesal Penal. Segundo: ORDENAR al Ministerio del Interior y .....