Primero: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por la abogada MILENA MARIELA PÉREZ RUEDA, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 82.043, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada ciudadana JUANA DE JESUS CHIRINOS DE MERCADO, contra la sentencia dictada en fecha 21 de septiembre de 2010, por el Juzgado Primero de Municipio del Municipio Guaicaipuro de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Los Teques.
Segundo: se CONFIRMA la sentencia dictada en fecha 21 de septiembre de 2010, por el Juzgado Primero de Municipio del Municipio Guaicaipuro de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Los Teques.