declara:
PRIMERO: Se CONFIRMA la sentencia dictada en fecha 20 de noviembre de 2014, por el Juzgado Primero de Municipios Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Cristóbal Rojas y Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Charallave, a través de la cual se declaró, CON LUGAR la solicitud de INTERDICCIÓN del ciudadano FABIAN ANTONIO MORA LEICIAGA, de nacionalidad venezolano, mayor de edad, y titular de la cédula de identidad No. V-22.563.593, formulada por la ciudadana BELKIS LEICIAGA NEGRIN, de nacionalidad venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad No. V-10.277.009;
SEGUNDO: Se DECRETA la INTERDICCIÓN DEFINITIVA del ciudadano FABIAN ANTONIO MORA LEICIAGA, y en consecuencia, pierde el gobierno de su persona y queda sometido al régimen de representación del tutor.
TERCERO: SE RATIFICA la designación como TUTORA DEFINITIVA del ciudadano FABIAN ANTONIO MORA MEDINA, a su madre, ciudadana BELKIS LEICIAGA NEGRIN, plenamente iden.....