DISPOSITIVA.-
Este tribunal de primera instancia en lo Penal en Función de Control Número Uno del Circuito Judicial Penal Extensión Valles del Tuy, del Estado Miranda, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana y por Autoridad de la Ley DECIDE:
1°) Declará IMPROCEDENTE, la siguiente soilicitud, en consecuencia NIEGA LA ENTREGA, del vehiculo:MARCA CHEVROLET; MODELO CHEVETTE 2 PUERTAS; TIPO COUPE; AÑO 1997; COLOR BLANCO ; USO PARTICULAR; SERIAL DE CARROCERIA 5C115HV212982; SERIAL DEL MOTOR 5HV212982; PLACAS XDP-933, al Ciudadano JOSE WLADIMIR LIRA MADRID, Titular de la Cédula de Identidad N° V-13.458.190, Venezolano, de Estado Civil Soltero, Residenciado en el Rosario de Soapire Calle 24 de Julio , Casa S/n, del Estado Miranda, por cuanto el mismo presenta Irregularidades en todos sus Seriales de identificación.
2.-) Se ordena la remisión de las presentes actuaciones a la oficina de Archivo Judicial de éste Circuito Judicial P.....