...declara dichas actuaciones JUSTIFICATIVO SUFICIENTE para asegurar que los ciudadanos MARÍA AUXILIADORA MEJÍAS DE OVIEDO, MARÍA BELEN MEJÍAS MORONTA, VÍCTOR JOSÉ MEJÍAS MORONTA, MARÍA DILIA IZNARDA MEJÍAS MORONTA y VÍCTOR RAFAEL JESÚS MEJÍAS MORONTA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros V-6.464.580, 8.682.715, 8.682.714, 11.037.562 y 6.874.738, respectivamente, en su condición de causahabiente (Hijos), son los ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del causante VÍCTOR RAFAEL MEJÍAS, quien fuera venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-1.154.403. Devuélvase todo lo actuado a la parte interesada, incluyendo la solicitud la cual se encuentra redactada por la abogada DANMARA FÁTIMA DOS RAMOS ANGULO, inscrita en el Inpreabogado bajo el N°. 71.268.