Sobre la base de las anteriores consideraciones, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Ejecución en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, OTORGA EL BENEFICIO DE DESTACAMENTO DE TRABAJO al penado JORGE LUIS LUGO, titular de la Cédula de Identidad No V-15.696.765, de conformidad con lo establecido en los artículos 479, numeral 1°, 501 y 511 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación a los artículos 7, 61, 64 y 66 de la Ley de Régimen Penitenciario
Regístrese, Diarícese, Notifíquese a las partes, Líbrese Boleta de Excarcelación al penado quien se encuentra recluido en el Internado Judicial Capital Roedeo II. Líbrese Boleta de Citación al penado, a los fines de comparezca por ante este Tribunal al siguiente día de haberse producido su Libertad, para ser impuesto de la decisión tomada por este Tribunal y firmar acta de compromiso de las obligaciones contenidas en la presente decisión. Ofíciese a la Coordinación de Tratamient.....