En consecuencia, se ordena abrir cuaderno de incidencia contentivo de la presente acta, así como de las Actas de fechas 31-01-2006, 09-02-2006 y 16-02-2006, a los fines de que el mismo sea remitido a la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, con Sede en Los Teques, de acuerdo a lo estipulado en el artículo 95 del Código Orgánico Procesal Penal. Así mismo a los efectos de no paralizar la presente causa, se ordena remitir la misma a la oficina de Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Valles del Tuy, a los fines de que sea distribuida a un Tribunal de Juicio de este mismo Circuito Judicial Penal y Sede, mientras se resuelve la respectiva decisión respecto a la inhibición planteada. Es todo. Cúmplase.
LA JUEZ PRIMERO DE JUICIO
REYNA DAYOUB ELIAS.