Este órgano decisor, en data 12-8-2008, declaró redimida la pena por un lapso de 6 meses, 4 días y 12 horas, y, en esta misma fecha, 17-2-2012, emitió decisión mediante la cual declaró que el penado de autos redimió de la pena impuesta un tiempo de 1 año, 2 meses, 29 días y 12 horas, por lo que sumando ambos lapsos, se tiene un total de tiempo redimido de 1 año, 9 meses y 4 días.