PRIMERO: CON LUGAR la apelación formulada por el Abogado JOSÉ GIOVANNI ONTIVEROS COLMENARES, Inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 133.184, en representación de la parte actora, contra la decisión en fecha 23 de Enero de 2017, dictada por el Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con Sede en Los Teques. SEGUNDO: SE REVOCA la decisión de fecha 23 de Enero de 2017, dictada por el Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con Sede en Los Teques, extinguiendo el procedimiento TERCERO: SE ORDENA la reposición de la causa al estado de que se fije por auto el día y la hora para que tenga lugar la celebración de la audiencia preliminar (artículo 128 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo), una vez que conste en autos la notificación de la parte demandada. CUARTO: NO H.....