En fuerza de las anteriores consideraciones, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLINA SU COMPETENCIA en razón de la cuantía para conocer del presente juicio en los Juzgados de Municipios Ordinarios y Ejecutores de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal de esta misma Circunscripción Judicial, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 60 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con el literal a) del Artículo 1 de la Resolución No. 2009-0006, emanada del Tribunal Supremo de Justicia, en fecha 18 de marzo de 2009, publicada en Gaceta Oficial No. 39.152 de fecha 02 de abril de 2009. En consecuencia, se ordena remitir junto con oficio el presente expediente al Juzgado de Municipio en referencia.