Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal administrando justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la demanda por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO incoada por GLORIA DEL CARMEN COLMENARES VILLAR contra ROSAURA ORTEGANO ATENCIO, ambas plenamente identificadas al comienzo de este fallo.
En consecuencia se condena a la demandada a:
PRIMERO: Entregar a la parte actora, sin plazo alguno, el inmueble arrendado constituido por una casa y el terreno en el que se encuentra construida, distinguida con número 1-2D, ubicada en la Planta Alta de la Quinta 1-2, calle 1, Conjunto Residencial Palo Alto, de la Urbanización Palo Alto, Lote Etapa VII, Parcela R-7, de la ciudad de Guatire, jurisdicción del Municipio Zamora del Estado Miranda, en las mismas condiciones en que lo recibió, totalmente desocupado de bienes de su propiedad.