UNICO: DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD Medida Cautelar Sustitutiva a la de Privación Judicial Preventiva de Libertad decretada en contra del ciudadano PÉREZ CÁCERES FAIVER ORLANDO, colombiano, natural de San Mateo, Departamento de Boyacá, República de Colombia, nacido en fecha 11-04-1969, titular de la Cédula de Identidad No. E.-81.854.123, domiciliado en Barrio el Vegón, calle el Silencio, No. 1-16, Táriba, Estado Táchira, por la comisión del delito de LESIONES PERSONALES INTENCIONALES, tipificado en el artículo 415 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano Ceferino Pérez Barón, de conformidad con lo establecido en el artículo 256 ordinal 9° del Código Orgánico Procesal Penal. Se fija el día 20 de abril de 2006, a las 9:00 horas de la mañana para llevar a cabo la Audiencia Especial de Verificación de Condiciones, igualmente se exhorta al acusado a presentar constancia de trabajo comunitario