Por todos los razonamientos antes expuestos, es por lo que este Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Barlovento, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, DECLARA REFORMADO EL COMPUTO DE LA PENA que le fuere impuesta al ciudadano JUAN CARLOS SERRANO DÍAZ, titular de la Cédula de Identidad N° V- 16.056.408, como consecuencia de la redención de la pena que le fuere otorgada por trabajo por un tiempo igual a CUATRO (04) MESES, DOS (02) DÍAS Y DOCE (12) HORAS. Asimismo, visto que ha transcurrido el tiempo prudencialmente necesario para la práctica del examen psicosocial a los fines de determinar la procedencia o no de la formula alternativa de cumplimiento de pena correspondiente a la Libertad Condicional, y tomando en consideración la redención de la pena acordada a favor del penado antes identificado, se ordena ratificar el contenido del oficio N°.....