En fuerza de las consideraciones precedentes este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: SIN LUGAR la demanda intentada por la parte actora, ciudadano HIPOLITO MOURE FERNÁNDEZ, de nacionalidad española, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad No. E-1.018.461, en contra de las ciudadanas MARI M. MOURE FERNÁNDEZ y EVA F. DE MOURE, venezolana la primera y extranjera la segunda de las nombradas, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nos. V-6.432.361 y E-689.500, respectivamente.
Se condena a la parte demandante al pago de las costas procesales por haber resultado perdidosa en el juicio, ello de conformidad con el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.
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