Este Juzgado del Municipio Lander de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y de conformidad con los artículos 12 ,243, y 362 del Código de Procedimiento Civil, declara LA CONFESION FICTA, de la parte demandada y CON LUGAR LA DEMANDA intentada por el Profesional del Derecho, Abogado RODRIGO ALONZO QUIJADA, apoderado Judicial de la Junta de Condominio del Conjunto Residencial Parque Central, sector Torre Mamon, contra el ciudadano FELIX JOSÉ MARCANO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N°. V-6.007.826, por COBRO DE BOLIVARES (CONDOMINIO).-