Este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Ocumare del Tuy, declara: 1.- SIN LUGAR la tacha de falsedad de documento público propuesta por la Abogada CARMEN J. CAMACHO B., contra el documento público que contiene el contrato de compraventa celebrado entre el Municipio Independencia del Estado Miranda, en su carácter de vendedor y PEDRO JOSÉ MARÍN RAVELO, como comprador de un inmueble constituido, dicho documento está Registrado por ante la Oficina Subalterna de Registro Público del Distrito Independencia del Estado Miranda, en fecha 20 de mayo de 1.991, bajo el N° 29, folios del 209 al 214, Protocolo Primero, Tomo Primero, Segundo Trimestre de 1.991; 2.- SIN LUGAR la tacha de falsedad de documento público propuesta por la Abogada CARMEN J. CAMACHO B., contra el documento público que contiene el Acta N° 06, de Sesión de Cámara del Concejo Municipal del Municipio Autónomo Independencia S.....