Primero: CON LUGAR la inhibición planteada en fecha 15 de febrero de 2011, por el Dr. HELIO ANTONIO REQUENA en su condición de Juez del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Tribunal de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en Los Teques.
Segundo: Remítase las actuaciones de la presente decisión al Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en Guatire.
Tercero: Regístrese, publíquese, incluso en la página web de este despacho, y déjese copia de la presente decisión.