En razón de lo anteriormente expuesto, esta Sala Segunda (2º) de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Miranda, Extensión Barlovento, administrando justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela por Autoridad de la Ley, ADMITE el recurso de apelación interpuesto por el ciudadano G. M. A., en su condición de víctima de autos, debidamente asistido por el ABG. SILVA ROMERO JOSÉ REINALDO contra la decisión dictada en fecha 06-03-2015 por el Tribunal Primero (1º) Itinerante de Primera Instancia en Funciones de Control de esta Extensión Judicial, mediante la cual decretó el SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA a los ciudadanos OTERO ZAPATERO ENRIQUE LUÍS, VARGAS JHONATAN JOSÉ, GUEVARA CISNEROS DOUGLAS ALEXANDER Y RENGIFO MEJÍAS ÁNGEL LUÍS, por la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COAUTORÍA y AGAVILLAMIENTO, tipificados en los artículos 458 en relación con el 83 y 286, todos del Código Penal; respectivamente.