Por los razonamientos antes expuestos este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Paz Castillo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Declara CON LUGAR la solicitud de RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA DE DOCUMENTO PRIVADO DE CESION DE DERECHOS interpuesto por el ciudadano: LUIS ALFREDO BARRIOS LOPEZ, venezolano, de estado civil soltero, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad N°. V-4.422.132, contra los ciudadanos: CARLOS ENRIQUE BARRIOS LOPEZ Y RENE ALFONZO BARRIOS LOPEZ, venezolanos, mayores de edad, casado el primero y soltero el segundo y titulares de las cedulas de identidad Nros V-4.422.131 y V-4.422.133, respectivamente. SEGUNDO: Declara RECONOCIDO EL DOCUMENTO PRIVADO DE CESION DE DERECHOS; presentado por el ciudadano: LUIS ALFREDO BARRIOS.....