En fuerza de las anteriores consideraciones, éste Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Plaza y Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, Declara CON LUGAR, la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos: ALBERTO RAFAEL BERROTERAN y LETY JOSEFINA ALCALA ORTEGA, venezolanos, mayores de edad, casados y titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V.-11.567.696 y V.-7.999.847, respectivamente, con fundamento en el Artículo 185-A del Código Civil. En consecuencia, se declara DISUELTO