CONDENAR, al ciudadano GUARAMATO BLANCO VICENTE, quien es venezolano y titular de la Cédula de identidad N° 4.372.751, nacido en fecha 11-09-52, comerciante, residenciado en Curiepe, calle Osma, casa N° 14, Municipio Brión del Estado Miranda, a cumplir la pena de TRES (03) AÑOS Y CUATRO (04) MESES de Prisión, por la comisión del delito de TRAFICO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES EN LA MODALIDAD DE Ocultación, TIPIFICADO EN EL ARTÍCULO 31 DE LA Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas