DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Juicio N° 2, del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Valles del Tuy, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos: ACUERDA: Revisar la Medida de Coerción Personal impuesta al ciudadano JUNIOR RAMON CHIRINOS GONZALEZ, quien es de nacionalidad Venezolana, titular de la cédula de identidad N° V- 15.012.874, de 22 años de edad, soltero, de profesión u oficio chofer, residenciado en el barrio 24 de julio, casa 49-B-28, San Francisco de Yare, Estado Miranda, en la audiencia oral celebrada por este Tribunal en fecha 16 de Octubre de 2005 y en su lugar se acuerda imponer la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, de conformidad con lo establecido en el articulo 256 ordinal 3°, 4° y 8° del Código Orgánico procesal Penal. Las cuales consisten en: 1.- Presentación cada ocho (8) días por ante l.....