Ordena la CESACION de la medida de Imposición de Reglas de Conducta y Servicios a la Comunidad, de conformidad con lo establecido en los artículos 624, 625 y 647 literal "H" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente; de IDENTIFICACIÓN OMITIDA, y en consecuencia su LIBERTAD PENA, dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 645 y 647 literal "h" ejusdem.