Primero: CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por el Abogado JULIO BRAVO MONAGAS, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte demandante ciudadana MIRNA CAPOTE, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad No. V-8.676.046, contra el auto dictado en fecha 30 de abril de 2012, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Los Teques, el cual se ANULA.
Segundo: SE ORDENA al Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Los Teques, emitir nuevo pronunciamiento con respecto a la admisibilidad de la reforma de la demanda.
Tercero: SE APERCIBE a la Dra. Zulia Bravo Durán, en su condición de Jueza Provisoria del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, a objeto de que en lo sucesivo evite ocas.....