Por las razones que anteceden, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: INADMISIBLE la acción de AMPARO CONSTITUCIONAL interpuesta por la ciudadana ZORELY COROMOTO CARRERO BUITRIAGO, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad No. V-6.869.933, debidamente asistida por la abogada en ejercicio ODALIS GARCÍA DE RAUSEO, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 75.106, contra la sentencia proferida en fecha 9 de marzo de 2022, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, con sede en Los Teques.
Dada la naturaleza de la presente decisión no hay especial condenatoria en costas.
Asimismo, se ordena la publicación de la presente decisión en la página web del Tribunal Supremo de Just.....