Por recibido el presente expediente y definitivamente firme como ha quedado la sentencia proferida en fecha veintiséis (26) de Octubre del año dos mil cuatro (2004) por el Tribunal de primera instancia en función de control, No. 01, del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, con sede en la ciudad de Los Teques, mediante la cual condenó al ciudadano JOSÉ DAVID TORRES PEÑA, venezolano, natural de Caracas, Distrito Capital, nacido el treinta (30) de Noviembre del año mil novecientos setenta y ocho (1978), hijo de Cora Peña (v) y Evaristo Torres (f), de veinticinco (25) años de edad, titular de la cédula de identidad personal No. V-14.852.063, soltero, de profesión u oficio latonero, y domiciliado en la Urbanización El Limón, calle 07, Quinta “Mi Refugio”, San Antonio de los Altos, Municipio Los Salias, Estado Miranda, a cumplir la pena principal de DOS (02) AÑOS de PRISIÓN, por ser autor responsable del delito de DESVALIJAMIENTO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR, previsto y sancion.....