emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: CONDENA al adolescente IDENTIDAD OMITIDA, a cumplir la SANCION de CINCO (05) AÑOS DE PRIVACION DE LIBERTAD, por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COAUTORIA y PRIVACIÒN ILEGITIMA DE LIBERTAD previstos en los artículos 458 en relación con el artículo 83 y en el artículo 174, todos del Código Penal, en perjuicio del ciudadano VIZCAYA OSCAR AMADO, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 620 Literal "f", en relación con el artículo 622 y 628 Parágrafo Segundo, Literal a), todos de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, sanción que ha de cumplir en centro que designe el Juez de Ejecución. SEGUNDO: Las partes quedan debidamente notificadas de conformidad con lo establecido en el artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal.