VI
DISPOSITIVA.
Por las razones que anteceden, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Miranda, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, ordena la REPOSICIÓN DE LA CAUSA al estado de admisión de la demanda, a los fines de que se sea llamado al juicio el ciudadano JESÚS ANTONIO PARICA, para que forme parte de la relación jurídico procesal como codemandado, y posteriormente se practique la citación del prenombrado a los fines de que conteste la demanda, todo ello con el propósito de integrar debidamente el litisconsorcio pasivo necesario y con el fin de ordenar el proceso y procurar el equilibrio de las partes en el mismo; quedando en consecuencia NULAS todas las actuaciones practicadas con posterioridad al auto de admisión de la demanda proferido por el Tribunal de la causa en fecha 22 de abril de 2015 (inclusive).
Dada la naturaleza de la decisión no hay condenato.....