PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad interpuesto por la ciudadana RUBEN ADOLFO DIAZ REQUEZ contra la POVIDENCIA ADMINISTRATIVA N° 95-2016, de fecha 16 de febrero de 2016, dictada por la Inspectoría del Trabajo del Municipio Guaicaipuro del Estado de Miranda, con sede en Los Teques, que declaro sin lugar la Solicitud de Reenganche y Restitución de Derechos interpuesto por el recurrente contra la sociedad mercantil "CORPORACION ELECTRICA NACIONAL, S.A. (CORPOELEC)" en el procedimiento administrativo signado con el Nº 039-2014-01-00135, llevado por la referida Inspectoría del Trabajo.-
SEGUNDO: notifíquese de la presente decisión a la Procuraduría General de la República.