Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Ocumare del Tuy, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y actuando por Autoridad de la Ley, conforme a los Artículos 12 y 243 del Código de Procedimiento Civil, declara:
PRIMERO: IMPROCEDENTE la FALTA DE CUALIDAD ACTIVA, de la ciudadana ADELINA FRATTALLONE LINARES, titular de la cédula de identidad N.º V-7.682.231, en su carácter de accionista de las empresas GOMAS TUFRESA, C.A., y POLIMEROS QUANTUM, C.A.
SEGUNDO: IMPROCEDENTE la FALTA DE CUALIDAD PASIVA del ciudadano ROBERTO FIUME CORALLO, titular de la cédula de identidad Nº V-10.339.016, en su carácter de presidente y director de las empresas GOMAS TUFRESA, C.A., y POLIMEROS QUANTUM, C.A.
TERCERO: PROCEDENTE la rendición de cuentas respecto a la compañía GOMAS TUFRESA, C.A., interpuesta por la ciudadana Adelina .....