Por los razonamientos antes expuestos este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MIRANDA, EXTENSION VALLES DEL TUY, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Acuerda: UNICO: DECLARA SIN LUGAR las solicitudes de los defensores privados de los imputados FELIX JOSE VILLALTA JAIMES, titular de la cedula de identidad N ° V- 23.186.835 y GREGORIO ALBERTO TRUJILLO MARTIN, titular de la cédula de identidad N ° V- 18.181.597, DR. TEOFULO D. DIAZ G. y DR. MICHEEL A. ACOSTA S., respectivamente; con fundamento en lo dispuesto en el Código Orgánico Procesal Penal, en los artículos 244, 250, 251 y 264.
Notifíquese a las partes de la presente decisión. Regístrese, publíquese y déjese copia. Cúmplase.
LA JUEZ PRIMERO DE JUICIO
DRA. REYNA DAYOUB ELIAS
LA SECRETARIA
ABG. MARIZAI ROJAS
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.....